La reforma de pensiones aprobada en el año 2013 ha desencadenado diferentes consecuencias, como el retraso progresivo de la edad de jubilación y el incremento de los años cotizados. Por esto mismo, es habitual que la mayoría de las personas se cuestionen la edad a la que pueden dejar su actividad laboral y el tiempo mínimo de cotización. ¿Quieres saber más? ¡Sigue leyendo este post!
Las pensiones públicas contributivas son las que normalmente conocemos como pensión de jubilación. Se trata de prestaciones económicas que otorga la Seguridad Social a una persona durante un tiempo indefinido. La concesión de este tipo de pensiones dependen del Estado, a diferencia de las pensiones no contributivas, cuya gestión se lleva a cabo desde las comunidades autónomas.
Si quieres recibir esta pensión contributiva, es fundamental haber cotizado en la Seguridad Social durante un período mínimo. Es decir, es imprescindible realizar una aportación económica mínima al Estado para poder disfrutar de esta prestación pública.
Como bien comentamos al comienzo, el tiempo mínimo de cotización es uno de los factores que se han modificado en la reforma de las pensiones del 2013. En primer lugar, cabe destacar que el período mínimo es de 15 años cotizados para optar a una pensión de jubilación. Aun así, como mínimo, dos años de este total deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la confirmación de la jubilación.
Sin embargo, si tu intención es conseguir la cuantía máxima tras tu jubilación, es conveniente que sepas que el tiempo mínimo es mayor. Después de la mencionada reforma, se incrementó paulatinamente de 35 años a 38 años y seis meses.
Al igual que la subida progresiva del tiempo mínimo de cotización, la edad mínima de jubilación ha aumentado de 65 a 67 años, esta misma edad es la que se estima alcanzar en el año 2027. De esta manera, si vas a jubilarte en el año 2023, deberás haber cumplido 65 años y tendrás que acreditar 37 años y 9 meses de cotizados. O, en cambio, 66 años si no alcanzas los 37 años y 9 meses cotizados.
Antes que nada, es conveniente que no confundas la edad mínima de jubilación con la jubilación anticipada. En esta última modalidad se pueden diferenciar dos tipos:
Uno de los aspectos que puede repercutir en la edad mínima es la modalidad de jubilación a la que quieras optar. Veamos cuáles existen:
A continuación, te dejamos esta tabla para que puedas comprobar el porcentaje que te corresponde según los años que hayas cotizado:
Años cotizados |
Porcentaje de la base reguladora |
15 |
50% |
16 |
53% |
17 |
56% |
18 |
59% |
19 |
62% |
20 |
65% |
21 |
68% |
22 |
71% |
23 |
74% |
24 |
77% |
25 |
80% |
26 |
82% |
27 |
84% |
28 |
86% |
29 |
88% |
30 |
90% |
31 |
92% |
32 |
94% |
33 |
96% |
34 |
98% |
35 |
100% |
Fuente: Seguridad Social
Estos son los principales requisitos que debes cumplir para poder jubilarte:
Según una sentencia del Tribunal Constitucional en 2019, el cálculo para conocer la pensión de los empleados a jornada parcial se realiza teniendo en cuenta el porcentaje resultante dado por la regla general. Es decir, considerando el tiempo de alta del empleado, sea cual sea la modalidad de su contrato. Tienes que tener claro que al trabajar menos que un trabajador a tiempo completo, percibirás una cantidad de dinero menor en tu pensión.
La respuesta es un sí, pero existen dos variaciones que hay que considerar. Lo primero, es que si has alcanzado la edad ordinaria para jubilarse estando desempleado, la opción que se te ofrece es la jubilación ordinaria. En cambio, si estás en el paro y quieres anticipar tu pensión de jubilación, se hablaría de una jubilación anticipada. Para ello, tendrás que comprobar el porcentaje de la base reguladora para saber la cuantía económica que te corresponde según los años cotizados.
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