Adquirir un inmueble es una de las mayores responsabilidades y también alegrías para una persona, pero este proceso siempre viene acompañado de una serie de obligaciones y trámites que el comprador no puede obviar. Uno de los más importantes, es el de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Una gestión fundamental que sirve para acreditar y salvaguardar la casa frente a terceros.
¿En qué consiste el Registro de la Propiedad?
Se trata de una institución jurídica y pública donde se inscriben las gestiones vinculadas a un inmueble. Y también, las obligaciones y derechos que asume con la transacción el propietario. ¿El objetivo de esta entidad? Aportar seguridad jurídica inmobiliaria tanto al titular como a los terceros. Tras la inscripción en el Registro de la Propiedad, la titularidad y la información relacionado con la vivienda adquiere un carácter público, considerándose la fuente más fiable para consultar información sobre detalles técnicos del inmueble, como características de la propiedad o posibles deudas asociadas.
Aunque esta gestión no es obligatoria, inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad es altamente recomendable si deseas estar protegido frente futuros trámites como herencias o una compraventa. A diferencia del Catastro, que sí es una acción obligatoria, este registro exige una documentación muy específica y un pago por el servicio. ¡Te lo contamos al detalle!
Si quiero registrar una vivienda, ¿qué trámites y documentos necesito?
Si estás a punto de registrar una propiedad en esta entidad pública, debes saber que se trata de un proceso sencillo si lo comparamos con otro tipo de gestiones relacionadas con la compraventa de una casa. Pero antes, debes conocer los pasos a seguir, ¡echa un vistazo!
1º Deberás solicitar en la notaría donde realizaste la gestión una copia compulsada de las escrituras públicas del inmueble.
2º Deberás completar la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales según la comunidad autónoma donde lo hayas realizado.
3º Tienes que cumplir con la plusvalía municipal.
4º Cuando tengas todos los documentos (copia de las escrituras, autoliquidación y justificante de pago), ya puedes completar el registro en la propia institución o de forma telemática. También puedes realizar el trámite por fax o por correo, pero deberás hacerlo en un plazo de 15 días hábiles.
Cuando hayas completado el proceso, el Registro de la Propiedad cuenta con un plazo de 15 días máximo para inscribir la propiedad o presentar algún argumento en contra por el que no autoriza dicha inscripción. Después, traslada esta información al Catastro donde se modifica la titularidad.
¿Cómo solicito información en el Registro de la Propiedad?
Si necesitas consultar algún dato referente a una vivienda que se encuentre en el Registro, tienes dos vías para hacerlo:
- Con una nota simple. Se trata de un proceso informativo, pero no acreditativo que te permite acceder a cierta información (identidad del titular, derechos inscritos acerca de ella, superficie, límites...) Eso sí, no se trata de una acreditación formal.
- A través de un certificado registral. Este documento contiene una información similar a la nota simple. La diferencia en esta ocasión, es que está firmado por el registrado acreditando el contenido de dicho registro.
¿Cuál es el precio de inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad?
El importe asociado a este proceso administrativo varía dependiendo del coste de la vivienda y los precios se fijan siguiendo el Real Decreto 1427/1989.
- Cuando el inmueble tiene un precio igual o menor a 6.010,12 €, la tasa en el Registro de la Propiedad será de 24,04 €.
- Para casas que tengan un valor de entre 6.010,13 y 30.050,61 €, se debe incrementar 1,75 euros por cada 1.000 euros.
- Si la vivienda está valorada entre los 30.050,62 y 60.101,21 €, el coste asciende a 1,25 euros por cada 1.000 €.
- Si el precio del inmueble se sitúa entre los 60.101,22 y 150.253,03 €, el usuario pagará 0,75 euros por cada 1.000 €.
- En caso de encontrarse entre los 150.253,04 y los 601.012,10 €, se aplicará 0,30 euros por cada 1.000.
- Por último, en viviendas que cuestan más de 601.012,10 €, el coste será de 0,20 euros por cada 1.000.
En resumen, si por ejemplo tu casa está valorada en 35.000 €, el precio que tendrás que abonar en el Registro de la Propiedad será de 43,75 euros. O si, por ejemplo, cuesta 100.000 euros, el pago será de 75 € aprox.
¿Por qué es recomendable que registres tu nueva vivienda?
Como te comentamos, realizar el proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad es una garantía de seguridad jurídica y económica, gracias a la cual estarás respaldado en futuras transacciones. Si después de unos años, quieres vender el inmueble, el proceso de compraventa será mucho más fácil y seguro si está inscrito en el Registro, siendo esta la única vía para avalar la titularidad.
Otro detalle importante, es que, si surge algún problema con el anterior propietario, por ejemplo, confusión con los metros de la vivienda, esta sería la fuente oficial para consultar los detalles.
Además, te recordamos que la inscripción en el Registro de la Propiedad es de obligatorio cumplimiento en caso de solicitar una hipoteca o un aval bancario. Por tanto, antes de solicitarla, asegúrate de que completas esta acción.
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Adquirir un inmueble es una decisión importante que generalmente se toma a largo plazo, con vistas al futuro. Por ello, implica una inversión económica importante donde los compradores buscan dos cosas: la seguridad jurídica, aquí hablamos del Registro de la Propiedad y, por otro lado, unas buenas condiciones que se adapten a su situación personal.
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